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Nacionales E.Herria :: 17/01/2008

Distintas valoraciones respecto a la caracterización y forma de actuar de la justicia española (II)

Askapena
En fechas recientes la Corte Europea de Derechos Humanos ha admitido a trámite la denuncia interpuesta por Batasuna contra el estado español

Dicha denuncia, presentada en su día por los abogados de la izquierda, entiende que las resoluciones y procedimientos judiciales que ilegalizaron a Batasuna y a otras expresiones políticas de izquierda no se ajustaban a derecho.

Mientras esto sucedía en Estrasburgo, la justicia española -en especial la Audiencia Nacional- está dictando sucesivos autos que impiden la libertad de expresión y que resuelven encarcelamientos masivos, preventivos y sin pruebas. Los más escandalosos ha sido la resolución por la que se encarcela a la dirección política de Batasuna y la sentencia del macrosumario 18/98 mediante la cual 47 de los 56 encausados han sido encarcelados con una pena de 525 años. Como decíamos en el Boletín anterior, son muchas las personas que, ante estos atropellos judiciales, se quedan impasibles o incluso festejan las condenas y encarcelamientos. También respecto a este fenómeno, mentes lucidas y conciencias solidarias de fuera de Euskal Herria, están denunciando la prostitución de la justicia que está protagonizando el Estado español. Recogemos en este boletín algunos de estos testimonios pidiendo disculpas a los autores de los textos si, al hacer la selección de los fragmentos, desvirtuamos el contenido de su mensaje.

La Audiencia Nacional, a la caza del Tribunal de Orden Público

"....la Audiencia Nacional es un órgano que, a través de sus dictámenes, sigue pronunciándose contra todo lo que huela a un verdadero ejercicio de la democracia, porque ese sistema político, aplicado a la española (que viene a ser lo mismo que decir a la norteamericana), se cisca en el derecho más elemental, como Bush en los iraquíes que su ejército de mercenarios sigue asesinando, sin que ningún tribunal o audiencia ose juzgarle por crímenes de guerra.

Los derechos humanos se han conculcado nuevamente, de forma terca y repetida, no sólo durante el periodo en el que se incoaba el sumario, sino durante su desarrollo y final, que podría firmar un jurista como Blas Piñar, sin que la conciencia le escociera. Se ha emitido un veredicto, basado en mil y una irregularidades y supuestos nunca demostrados, que es lógico solicitar en Estrasburgo la anulación no ya de la propia sentencia, sino recabar el procesamiento inmediato de todos y cada uno de los juristas que forman parte de ese intolerable esperpento. Su delito: prevaricación en sesión continua."

(Carlos Tena, periodista)

Garzón y la política

"...Desde la posición de un jurista, observador externo, resulta imposible dejar de pasar sin comentario la operación de Garzón con la detención de 23 miembros de Batasuna, tanto por el escándalo del hecho en sí -enviar a la cárcel a los participantes de una reunión política- como porque constitute un paso más en el proceso de judicialización de la política que venimos denunciando desde hace tiempo... El poder judicial abandonó el papel que tiene reconocido en una sociedad democrática, es decir, su dimensión estrictamente jurisdiccional. Traicionando su posición de árbitro, el juez pasa a convertirse en agente político directo, que se sitúa y se interfiere en el centro del debate y condiciona con sus decisiones el desarrollo de la vida política... los verdaderos centros de decisión de los que depende la vida política de este país se encuentran en la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional... Lo más notable de la resolución jurídica (por la que se encarceló a los 23 miembros de Batasuna) es la total ausencia de argumentación jurídica que justifique una media de tal gravedad... Convertido en analista político, el juez de instrucción se permite valorar las intenciones presentes y futuras de un colectivo político así como postular la inevitable criminalización de una opción política de la que se reclama casi el veinte por ciento de la sociedad vasca.

(August Gil Matamala. Abogado del Colegio de Bar celona y ex presidente de la AED)

La lógica de la guerra y el macrosumario 18/98.

"A partir de entonces (la entrada en vigor de la Ley de Partidos), la pendiente resbaladiza del recorte de libertades civiles y políticas quedó expedita. Se cerraron periódicos, se prohibieron agrupaciones electorales, manifestaciones o reuniones, se introdujeron nuevos delitos de opinión en el Código Penal.... En un contexto así, el kafkiano laberinto del que forma parte el macroproceso 18/98 no puede considerarse un episodio aislado. Pensar que resulta suficiente que una acción política o social se considere "ayuda" a los "fines" de ETA para que pueda tratarse como un delito de terrorismo es adentrarse en un peligroso camino en el que se difuminan las fronteras entre el disidente y el enemigo de la patria, el inocente y el culpable. Es más, si todo lo que suene a independentismo, a nacionalismo periférico o, simplemente, no comulgue con los lugares comunes del nacionalismo español está destinado a ser "entorno de ETA", o peor, parte de sus "entrañas", la lógica de guerra está servida. Lo que se impulsará, inevitablemente, será un Derecho Penal de autor inspirado en una antigua y nunca apagada tentación totalitaria: la idea de que debe castigarse no por lo que se ha hecho sino por lo que se es o, incluso, por lo que se supone que se es... Se puede ser terrorista sin saberlo o colaborador de ETA sin siquiera ser abertzale. La persecución de personas u organizaciones que, sin recurrir a la violencia, cuestionan aspectos esenciales del orden constitucional no constituyen simples daños colaterales de la lucha antiterrorista sino más bien una seria derrota del Estado de derecho. Ojala que la advertencia alcance también a quienes hoy aplauden o simplemente miran hacia otro lado.

Jaume Asens, Vocal de la Comisión de Defensa del Colegio de Abogados de Barcelona yGerardo Pisarello, Profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona

La instrumentalización del Derecho en el 18/98.

"...En nuestro país, la vulneración de derechos fundamentales en diversos procesos penales es moneda corriente. Este es el caso de los procesos conocidos bajo la genérica denominación de 18/98 en el que se han producido graves vulneraciones de garantías jurídicas y procesales... Entre las garantías vulneradas queremos señalar las más destacas que nos parecen centrales:

· La expansividad de las normas, expresamente prohibida por el principio de legalidad.

· Las sociedades no delinquen; son las personas las que lo hacen. La responsabilidad penal es personal, no colectiva: los delitos de Botín no han supuesto la disolución del Banco Santander Central Hispano.

· Se han vulnerado los derechos de las personas detenidas y procesadas: se ha superado el período legal de detención, se ha violado sus domicilios, el secreto de comunicaciones, la libre designación de abogado, el derecho a la intimidad, al honor, a la dignidad, a la integridad física, encarcelamiento previo a que se dictara la sentencia. La carga política del proceso ha barrido los derechos procesales y las garantías jurídicas de los procesados.

· Se han vulnerado derechos y libertades fundamentales: el de liberad de expresión mediante el cierre de medios...

En el Estado español, el equilibrio entre el poder ejecutivo y judicial está roto. La politización de la justicia junto a la judicialización de la política, el uso instrumental de las leyes y de las instituciones del poder judicial nos sitúa en una permanente inseguridad jurídica... El poder cuenta con la fuerza pero no con la legitimación democrática. Es decir, no estamos en un estado de derecho"

Amelia Alejandre Casado y José Manuel Hernández de la Fuente. Abogados y Observadores en el sumario 18/98 por E.H. Watch


 

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