lahaine.org
Nacionales E.Herria :: 08/02/2008

Garzón suspende las actividades de EAE-ANV y EHAK por tres años

Gara
El juez Baltasar Garzón ha decretado la suspensión por tres años de las actividades de EAE-ANV y de EHAK.

Y ha ordenado la clausura de sus sedes y locales y el bloqueo de sus cuentas, así como la prohibición de presentar candidaturas y concurrir a cualquier proceso electoral.

En sendos autos notificados hoy, de más de 300 folios cada uno, Garzón dispone la clausura por ese mismo periodo de tiempo, prorrogable a cinco años, de "las sedes, locales, establecimientos y cualesquiera otros centros" de que dispongan o utilicen EAE-ANV y EHAK, "y en cualquier lugar donde se encuentre y sean utilizados para el desarrollo de la actividad que se suspende, orgánica o personalmente, a través de sus miembros".

Así, ordena precintar los "locales, sedes, establecimientos o sitios" de los que sean titulares o utilicen EAE-ANV y EHAK, y pide a la Consejería de Interior del Gobierno de Lakua que "dé las órdenes oportunas a la Ertzaintza" y a la Policía española para que apliquen esa medida y "prevengan cualquier alteración de la paz pública".

Junto a ello, ordena suspender por tres años, también con carácter prorrogable, "todas las actividades orgánicas, públicas, privadas e institucionales en todos y cada uno de los ámbitos y organismos públicos, registros, bancos, notarios, fundaciones, asociaciones, sociedades y organismos similares" de EAE-ANV y EHAK, "con éste u otro nombre que pudiera adoptar".

La medida, matiza el juez, "no afecta a las actividades que como personas individuales y titulares exclusivos de los correspondientes escaños puedan ostentar personas integradas" en ambas formaciones, pero sí afecta a "aquellas actividades que puedan desarrollar como grupo fuera de los estrictos límites de la actividad institucional en las diputaciones forales, Juntas Generales y ayuntamientos" de Hego Euskal Herria; "y cualesquiera otras instituciones en las que puedan tener representación o intervención, así como el uso de locales, de titularidad pública, como tal grupo".

La orden comprende también la suspensión de "todas las ayudas y subvenciones financieras y/o económicas que como tal grupo, coalición o partido reciba o haya recibido o le corresponda por parte de organismos públicos centrales, autonómicos y locales, de la Administración", así como la suspensión de las ayudas financieras que reciban a través de personas individuales.

Embargo y cancelación de páginas web

En su auto, Garzón decreta el bloqueo y embargo de las cuentas bancarias y activos financieros y la suspensión de "todos los suministros, contratos o acuerdos con compañías o empresas que prestan servicios de electricidad, agua, telefonía o similares de comunicaciones".

Bloqueo de cuentas de Ezker Abertzalea

En el caso de EHAK, ordena el bloqueo de todas "las cuentas, depósitos y demás activos financieros relacionados con su grupo parlamentario, así como los de los apoderados o representantes legales de éste a disposición de las Salas Civil y Penal del TSJPV, como medida de aseguramiento y hasta tanto decida lo que proceda".

El juez anuncia que elevará un suplicatorio al TSJPV para que sea éste quien decida si pide la suspensión de actividades del grupo parlamentario y el levantamiento del fuero. Ha enviado toda la documentación y solicitado que se levante la inmunidad a los nueve parlamentarios para que sea ese tribunal el que decida sobre las medidas a adoptar en su contra.

La Fiscalía respalda esta iniciativa , y ha emitido un informe favorable de elevar un suplicatorio al TSJPV para que este órgano impute, por un delito de "colaboración", a las parlamentarias del grupo parlamentario Ezker Abertzalea Nekane Erauskin y Karmele Berasategi.

Además de ello, Baltasar Garzón prohíbe a las dos formaciones participar "como partido, organización o grupo en cualquier actividad o ámbito nacional o internacional, público o privado o institucional", y les cercena la capacidad de "convocar manifestaciones, concentraciones, caravanas o cualquier acto público o de asistir a los mismos con carácter orgánico directa o indirectamente".

También establece la cancelación de las páginas web "u otros servicios" que pudieran tener contratados.

"No se pretende ilegalizar un partido político"

Garzón sostiene que la "suspensión cautelar de la actividad de EHAK o de ANV no se trata pues de un acto ad hoc para evitar la concurrencia a un proceso electoral. La suspensión se adopta con independencia de esa circunstancia, aunque resulta obvio que tiene una trascendencia fundamental en este ámbito".

"No se pretende tampoco ilegalizar un partido político por las causas previstas en una ley no penal, como es la de Partidos, sino aplicar una medida cautelar tendente a prevenir la continuación de la utilización de ese partido político para la comisión de graves delitos", concluye.

El magistrado sustenta sus decisiones en la comisión por parte de 14 de sus integrantes -11 de EHAK y 3 de EAE-ANV- de presuntos delitos de "colaboración con organización terrorista", "asociación ilícita", "defraudación de subvenciones y/o malversación de fondos públicos".

Sostiene que EHAK y EAE-ANV se han convertido en "un instrumento político en manos de dirigentes de Batasuna y en un medio económico para nutrir a sus dirigentes y cumplir con los fines terroristas Batasuna-ETA" y afirma que esa "instrumentalización" por parte de Batasuna "casi les hace poner el pie en el umbral de la integración terrorista, si no fuera por la escasez de tiempo durante el cual viene funcionando esta 'unión'".

Con ese hilo argumental, llega a decir que "si las acciones de éstos no han llegado a propiciar una integración ha sido porque la actuación de las instituciones, entre ellas la judicial, lo ha impedido".

52 imputados

Entre esas actuaciones destaca la redada de Olaberria y Segura, el pasado 4 de octubre, causa que une a los procedimientos abiertos contra EHAK y EAE-ANV, conformando el sumario 4/2008, que cuenta con 52 imputados, 38 por "integración en organización terrorista" y 14 por "colaboración".

Valoración de EAE-ANV

Integrantes de la formación ekintzale comparecerán esta tarde en Donostia para valorar la decisión adoptada por el juez Baltasar Garzón. Ante esta convocatoria la Audiencia Nacional española se ha apresurado en señalar que el llamamiento es ilegal.

:: Auto íntegro EHAK :: :: Auto íntegro EAE-ANV ::


La Abogacía pide al Supremo que suspenda también la actividad de Ezker Abertzalea

La vista para examinar la demanda de ilegalización de EHAK ha comenzado a las 10.30, tras acceder el Tribunal Supremo a una solicitud de la Abogacía del Estado para que ambas peticiones se acumulen en un único procedimiento y ha concluido a las 12.20.

El primero en tomar la palabra ha sido el fiscal jefe ante la Sala de lo Contencioso y Administrativo del Supremo, Antonio Narváez, para argumentar los motivos por los que solicita la ilegalización de EHAK.

En su intervención, el abogado del Estado, Manuel Pacheco, ha pedido que además de las supensión de las actividades de EHAK como partido político, se suspenda la actividad de su grupo parlamentario al entender que éste es también "un instrumento útil para influir, utilizando el terror, en la conformación de la opinión pública" y, por tanto, es una consecuencia "lógica y obligada".

Ha argumentado que EHAK se encuentra también en la creación del grupo parlamentario Ezker Abertzalea, que a su juicio mantiene "los mismos factores de cohesión y relación con la organización terrorista ".

Por ello, reclama el embargo de cuentas y depósitos existentes a nombre del grupo parlamentario, ya que, según Pacheco, el bloqueo de esas cuentas "es más trascendente" para el interés general que la suspensión misma de actividades.

Esa medida no se incluía en el escrito de demanda presentado por los servicios jurídicos del Estado ante el alto tribunal para instar la ilegalización de EHAK.

El fiscal, en desacuerdo

El fiscal Narváez se ha mostrado en desacuerdo con la citada medida y para ello ha argumentado que no se puede equiparar al partido y al grupo parlamentario porque el segundo representa en la Cámara a los ciudadanos.

Por su parte, los abogados Jone Goirizelaia y Kepa Landa han indicado que el grupo parlamentario y el partido son dos cosas diferentes y han defendido que la suspensión de Ezker Abertzalea es una solicitud nueva, sin argumentación, que no incluyó el abogado del Estado en su demanda.

Han recordado que la Ley de Partidos no se hizo para suspender a los grupos parlamentarios y que además se tendría que dar a Ezker Abertzalea la oportunidad de defenderse.

Medidas cautelares

Además de la admisión a trámite de las demandas, el Tribunal Supremo habrá de pronunciarse sobre las medidas cautelares exigidas por la Abogacía y la Fiscalía, con las que pretenden impedir que EAE-ANV pueda presentarse a las próximas elecciones del 9 de marzo. Para ello han solicitado que el Supremo se pronuncie antes del próximo lunes, fecha de la proclamación de las candidaturas.

Es probable que la defensa de EAE-ANV pida la suspensión de la vista contra este partido, puesto que la notificación de la misma a un representante de la formación se realizó el pasado martes, aprovechando su declaración en la Audiencia Nacional española, y la ley establece una serie de plazos mínimos que a día de hoy no se cumplen.


Más información en La Haine - Euskal Herria
 

Este sitio web utiliza 'cookies'. Si continúas navegando estás dando tu consentimiento para la aceptación de las mencionadas 'cookies' y la aceptación de nuestra política de 'cookies'.
o

La Haine - Proyecto de desobediencia informativa, acción directa y revolución social

::  [ Acerca de La Haine ]    [ Nota legal ]    Creative Commons License ::

Principal